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LexMind AILegalTech Enterprise
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Garantía de Secreto Profesional & No-Entrenamiento

Acuerdo Marco de Suscripción SaaS, Gobernanza de Datos y Uso Ético de Inteligencia Artificial

Regulado por el ordenamiento jurídico de la República Bolivariana de Venezuela y estándares internacionales ISO/IEC 42001 & ISO/IEC 27001.

Vigencia Oficial1 de Noviembre de 2026
Secreto Profesional

Amparado bajo el Código de Ética del Abogado (Arts. 72-75) y reserva penal LEDCI.

Cero Entrenamiento

Ningún prompt, expediente o consulta nutre modelos fundacionales de terceros.

Aislamiento de Tenant

Bases de datos y bóvedas herméticamente aisladas por despacho. Cero cruce entre partes.

Human-in-the-Loop

Herramienta auxiliar de investigación; la dirección y patrocinio judicial corresponde al letrado.

República Bolivariana de Venezuela • Régimen LegalTech B2B

ACUERDO MARCO DE SUSCRIPCIÓN DE SOFTWARE SAAS, GOBERNANZA DE DATOS Y USO ÉTICO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL AGÉNTICA

Alevio HQ / LexMind AI Technologies•Suscripción Profesional & Despachos
AVISO PREVIO DE ORDEN PÚBLICO Y FUERZA VINCULANTE: El presente instrumento regula la relación jurídica mercantil y tecnológica entre ALEVIO HQ / LEXMIND AI TECHNOLOGIES (en adelante, «El Proveedor») y el profesional del derecho o despacho jurídico debidamente registrado (en adelante, «El Suscriptor»). Al acceder, suscribirse, activar un asiento nominal (incluyendo períodos de evaluación o prueba/beta) o utilizar la plataforma, El Suscriptor acepta la totalidad de las cláusulas aquí estipuladas con la fuerza vinculante otorgada por el Artículo 1.159 del Código Civil venezolano y los Artículos 4, 6 y 16 de la Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas (LMDyFE).

Capítulo Preliminar

Definiciones Fundamentales y Alcance

  • «LexMind AI» («La Suite»): Plataforma en la nube de inteligencia jurídica agéntica, investigación doctrinal y automatización documental para el derecho venezolano.
  • «El Suscriptor»: Abogado en ejercicio activo debidamente habilitado e inscrito en el INPREABOGADO o sociedad civil de abogados titular de la cuenta.
  • «Inquilino Aislado (Tenant)»: Espacio criptográfico independiente que confina de forma estanca los expedientes, bóveda y consultas de cada despacho en Neon PostgreSQL.
  • «RAG Doctrinal Avanzado»: Metodología de Recuperación Aumentada por Generación que fundamenta las respuestas exclusivamente en leyes canónicas vigentes y sentencias verificadas del TSJ.
  • «Human-in-the-Loop»: Principio rector según el cual todo análisis, dictamen o borrador emitido por la IA debe ser revisado, auditado y rubricado por un abogado antes de su consignación en juicio.
Título I: Condiciones Comerciales, Licenciamiento SaaS & Responsabilidad B2B

Cláusula 1: Objeto y Licencia Limitada de Software en la Nube

El Proveedor concede al Suscriptor una licencia temporal, revocable, no exclusiva, intransferible y no sublicenciable para acceder a las herramientas de LexMind AI según el plan contratado o asignado. El Suscriptor reconoce que adquiere únicamente un derecho de acceso al servicio SaaS en la nube, sin transferencia de titularidad sobre código fuente ni algoritmos.

Cláusula 2: Módulos Oficiales Comprendidos en la Suite

El acceso confiere disponibilidad, conforme a las cuotas del plan, a los 6 módulos canónicos de la plataforma:

  • Consultor Doctrinal: Motor de investigación jurisprudencial con trazabilidad de Salas, sentencias y expedientes del TSJ.
  • Biblioteca Jurídica Digital: Catálogo legal sistematizado y concordado de la legislación venezolana vigente y Gacetas Oficiales.
  • Redactor Jurídico Procesal: Asistente estructurado para la elaboración de contratos, libelos, contestaciones y recursos judiciales.
  • Control de Legalidad Procesal: Sistema de auditoría analítica de coherencia formal, admisibilidad y vigencia normativa de escritos.
  • Simulador de Contraparte: Módulo de evaluación de antítesis procesal y proyección de excepciones procesales o cuestiones previas.
  • Expedientes & Bóveda Documental Privada: Gestión de causas litigiosas con almacenamiento cifrado bajo estricto control de custodia.

Cláusula 3: Modalidades de Suscripción, Cuotas de Plan y Facturación

La suite se estructura en modalidades comerciales que comprenden Asientos de Prueba (15 días, 50 consultas), Plan Profesional (1 asiento, 400 consultas), Plan Firma / Bufete (multi-asiento con bóveda compartida) y Enterprise. Las cuotas asignadas corresponden a cupos mensuales de servicio del plan contratado.

Cláusula 4: Consentimiento Electrónico e Imputabilidad Exclusiva de Credenciales

Las partes ratifican la eficacia vinculante del consentimiento otorgado por medios telemáticos (Arts. 4, 6 y 16 LMDyFE).

El Suscriptor asume la custodia exclusiva de sus credenciales y la responsabilidad patrimonial plena por el agotamiento de cuotas del plan contratado, consultas ejecutadas o alteraciones documentales en su Bóveda Privada realizadas bajo sus accesos válidos, sin obligación del Proveedor de verificar la identidad física de quien las opere y con el deber del Suscriptor de mantener indemne al Proveedor salvo notificación previa de vulneración fehacientemente comprobada.

Cláusula 5: Niveles de Servicio (SLA 99.5%) y Continuidad Operativa

El Proveedor mantiene un compromiso de disponibilidad operativa anual del 99.5% en su infraestructura central, realizando copias de seguridad continuas y redundantes con capacidad de recuperación puntual ante contingencias de infraestructura.

Cláusula 6: Limitación de Responsabilidad B2B y Remedio Único de Disponibilidad

Conforme al estándar internacional de la industria SaaS B2B, la responsabilidad patrimonial total acumulada del Proveedor frente al Suscriptor por cualquier reclamación contractual o extracontractual queda acotada al monto total efectivamente pagado en los tres (3) meses inmediatamente anteriores al hecho generador, con exclusión expresa de lucro cesante, honorarios profesionales frustrados, daño moral litigioso o resultados adversos dictados en las causas de sus clientes.

Ante eventos de indisponibilidad que superen el margen del SLA, el remedio único y excluyente a favor del Suscriptor consistirá en la acreditación de créditos de servicio compensatorios aplicables a períodos futuros de suscripción, manteniéndose indemne el Proveedor salvo en los supuestos de dolo judicialmente declarado.

Cláusula 7: Ley Aplicable, Sujeción Cambiaria BCV y Jurisdicción Especial Excluyente

Este contrato se rige íntegramente por las leyes de la República Bolivariana de Venezuela, quedando las obligaciones pecuniarias sujetas a las disposiciones, resoluciones y convenios cambiarios vigentes dictados por el Banco Central de Venezuela (BCV), calculadas a la tasa oficial de cambio publicada a la fecha de facturación.

Para cualquier controversia que no pudiere resolverse de mutuo acuerdo tras una mediación directa de treinta (30) días, las partes eligen como domicilio especial, único y excluyente a los Tribunales de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, a cuya jurisdicción se someten expresamente.

Título II: Carta de Gobernanza de IA, Secreto Profesional & Salvaguarda de Datos

Cláusula 8: Asistencia Tecnológica Agéntica vs. Dirección Letrada (Human-in-the-Loop)

LexMind AI es un auxiliar tecnológico avanzado de investigación jurídica y estructuración procesal. En ninguna circunstancia sustituye, desplaza ni asume la condición de abogado litigante, mandatario judicial ni operador de justicia.

La dirección letrada del proceso, la estrategia procesal, el cómputo de lapsos de caducidad o prescripción y la responsabilidad civil o disciplinaria frente al cliente corresponden con carácter privativo y exclusivo al abogado suscriptor (Arts. 3, 4 y 5 de la Ley de Abogados). Todo resultado emitido por la IA debe ser revisado, auditado y validado por el profesional letrado antes de su consignación en juicio.

Cláusula 9: Secreto Profesional, Confidencialidad Reforzada y Reserva Penal

Las partes reconocen que el Secreto Profesional del Abogado, consagrado en los Artículos 72 al 75 del Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano, constituye una garantía de orden público y un derecho fundamental de inviolabilidad de las comunicaciones privadas (Artículo 48 CRBV).

El Proveedor y su personal asumen la condición de auxiliares tecnológicos sujetos al mismo deber estricto de reserva y sigilo. Cualquier intento de acceso ilícito compromete la responsabilidad penal prevista en los Artículos 6, 11 y 20 de la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos (LEDCI). Los documentos en la Bóveda Privada gozan de la misma inviolabilidad que los archivos físicos del escritorio jurídico.

Cláusula 10: Gobernanza de IA, Garantía Cero Entrenamiento (Zero-Retention) y Habeas Data

COMPROMISO CATEGÓRICO DE NO-ENTRENAMIENTO (ZERO DATA RETENTION):

Ningún expediente, documento subido a la Bóveda Privada, estrategia, nombre de cliente ni consulta doctrinal del Suscriptor será jamás utilizado para entrenar, reentrenar o ajustar modelos de IA propios ni de proveedores externos (incluyendo OpenAI, Anthropic o Google).

Asimismo, la suite ejecuta sanitización y enmascaramiento determinista de datos personales sensibles (cédulas, cuentas bancarias, montos litigiosos y nombres de menores) conforme al estándar ISO/IEC 42001 y la garantía de Habeas Data consagrada en el Artículo 28 constitucional.

Cláusula 11: Titularidad Absoluta de los Datos y Seguridad Criptográfica

El Suscriptor es el propietario exclusivo y privativo de todos los documentos, pruebas, expedientes y escritos que cree, procese o cargue en LexMind AI. El Proveedor conserva la titularidad privativa sobre la plataforma, su código fuente, algoritmos y ontologías doctrinales.

La infraestructura opera bajo los controles del estándar ISO/IEC 27001:2022, con cifrado TLS 1.3 en tránsito, cifrado simétrico AES-256 en reposo para la Bóveda y aislamiento estricto multi-tenant por clave lógica en base de datos.

Cláusula 12: Portabilidad de Datos, Cadena de Custodia y Deslinde Pericial en Juicio

El Suscriptor tiene derecho a exportar sus expedientes y borradores en formatos abiertos (PDF, DOCX, JSON) durante la vigencia de su cuenta y hasta treinta (30) días posteriores a su terminación, integrando códigos hash criptográficos SHA-256 generados por la plataforma.

El Proveedor garantiza la disponibilidad técnica de la exportación, pero no asume la condición de depositario judicial, custodio procesal ni perito forense en las causas de las partes. La carga probatoria de promover, evacuar y defender la validez de los mensajes de datos y pruebas electrónicas ante los órganos jurisdiccionales corresponde privativamente al abogado litigante. Cualquier informe pericial extraordinario o comparecencia judicial del personal técnico será facultativo y estará sujeto a contratación pericial independiente.

Vencido el plazo de archivo, El Proveedor ejecutará la destrucción criptográfica certificada (*crypto-shredding*) y desindexación permanente de sus datos, emitiendo constancia digital de purga irreversible.

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE ACEPTACIÓN POR EL ABOGADO O FIRMA SUSCRIPTORA:

«Al marcar la casilla correspondiente de aceptación o acceder a los servicios de LexMind AI, ratifico que soy profesional del derecho habilitado o representante legítimo de la firma suscriptora, que he leído y comprendido los términos aquí consagrados, reconozco la garantía de no-entrenamiento y blindaje de secreto profesional, y me sujeto voluntariamente a sus estipulaciones con la eficacia de título vinculante según el ordenamiento legal venezolano».

Sello Criptográfico SHA-256 VerificadoLexMind AI Technologies • Valencia, Estado Carabobo, Venezuela

LexMind AI • Suite de Inteligencia Jurídica Agéntica © 2026

Rigor Procesal. Certeza Jurídica. • Alevio HQ